El panorama del cumplimiento laboral en el Perú ha experimentado una transformación tecnológica sin precedentes. El cálculo de horas extras en Perú ha dejado de ser una simple rutina administrativa de fin de mes para convertirse en el principal vector de riesgo legal y financiero para cualquier organización. En 2026, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) no necesita programar una inspección presencial para descubrir si tu empresa evade el pago de labores extraordinarias.

Hoy, la fiscalización opera mediante auditorías algorítmicas predictivas. El Estado cruza masivamente y en tiempo real tu registro de asistencia biométrico con los horarios de tu T-Registro y los ingresos declarados en la Planilla Electrónica Mensual (PDT PLAME). ¿El resultado de esta ecuación implacable? Si hay inconsistencias temporales, las multas SUNAFIL por horas extras no pagadas se aplican de forma casi automática.En esta guía exhaustiva, te enseñaremos cómo calcular de forma exacta el sobretiempo 25% y 35%, cómo desterrar prácticas operativas riesgosas como el “tareo” informal, y cómo estructurar tus declaraciones en PLAME para blindar tu flujo de caja.

El Dolor Corporativo: Fiscalización Algorítmica y la Invalidez del Tareo

El ordenamiento jurídico peruano, respaldado por la Constitución y el Decreto Legislativo N° 854, establece que la jornada máxima en la actividad privada es de 8 horas diarias o 48 horas semanales. Toda labor subordinada que supere este límite es, legalmente, trabajo en sobretiempo.

El mayor dolor de cabeza para los departamentos de Recursos Humanos radica en la presunción legal del sobretiempo tácito (Artículo 10-A). Si un inspector o un algoritmo detecta que un trabajador marcó su salida a las 19:00 horas, cuando su jornada contractual terminaba a las 18:00 horas, la ley asume que esa hora adicional fue laborada a favor del empleador. La carga de la prueba recae enteramente en la empresa: o demuestras con evidencia inalterable que el trabajador se quedó por motivos personales (esperar a un familiar, eludir el tráfico), o te ves obligado a pagar el recargo correspondiente.

¿Por qué tu sistema de control interno te está exponiendo a multas?

En sectores como construcción, manufactura, agricultura y minería, existe la peligrosa costumbre de reemplazar el Registro de Control de Asistencia oficial por cuadernos de ocurrencias, partes de producción o un “tareo” en Excel.

Debes erradicar esta práctica de inmediato. A través de la Resolución de Sala Plena N° 010-2023-SUNAFIL/TFL, el Tribunal de Fiscalización Laboral ha sentado un precedente obligatorio: el “tareo” es un instrumento puramente administrativo que carece de las salvaguardas legales exigidas y NO sustituye al registro oficial.

-Si calculas y pagas horas extras basándote en un tareo manual, estás confesando ante SUNAFIL que ejerces control sobre el tiempo del trabajador sin cumplir con las formalidades de ley.

-Para 2026, con una UIT de S/ 5,500.00, carecer de un registro formal u omitir el pago del sobretiempo es una infracción Muy Grave.

-Para una empresa No MYPE (Régimen General), esto detona una sanción económica devastadora que puede escalar hasta S/ 288,915.00. A este monto debes sumarle los pasivos laborales retroactivos incalculables por reintegros e intereses.

Guía Aritmética: Cálculo de Horas Extras Perú (Sobretiempo 25% y 35%)

Para aislar el riesgo contable, la metodología de cálculo debe ser estricta, progresiva y aplicada siempre sobre la remuneración ordinaria real del trabajador, nunca usando la Remuneración Mínima Vital (RMV) para licuar costos, salvo que el empleado gane exactamente el salario mínimo.

La ley estructura los recargos en dos tramos secuenciales e inmodificables por cada día laborado:

  1. Primer Tramo (Primeras dos horas): Las dos (2) primeras horas extras en el mismo día exigen una sobretasa mínima del 25% calculada sobre el valor de la hora ordinaria.
  2. Segundo Tramo (Tercera hora en adelante): Desde la tercera hora extra en adelante en la misma jornada, el recargo mínimo se eleva al 35%.

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Simulación Práctica Integral

Supongamos que cuentas con un analista de operaciones que percibe un salario mensual ordinario de S/ 2,400.00. Debido a un cierre de mes complejo, este colaborador labora tres (3) horas extraordinarias un día jueves. El cálculo es el siguiente:

Valor del día (VD)

S/ 2,400.00 / 30 días = S/ 80.00 diarios.

Valor de la hora ordinaria (VH):

S/ 80.00 / 8 horas = S/ 10.00 por hora.

Cálculo Primera y Segunda Hora (25%)

S/ 10.00 × 1.25 = S/ 12.50 por cada hora. El subtotal por estas dos horas iniciales es de S/ 25.00.

Cálculo Tercera Hora (35%)

S/ 10.00 × 1.35 = S/ 13.50.

Resultado

El monto total adicional que deberá registrarse en la nómina por ese único día es de S/ 38.50.

Las variables se encarecen dramáticamente si estas horas ocurren en horario nocturno (22:00 a 06:00 hrs) o en días feriados, donde se aplica una sobretasa indemnizatoria del 100% sobre la base antes de aplicar el recargo por sobretiempo.

Declaración Estratégica e Integración en la PLAME

La gestión del sobretiempo culmina y se transparenta contablemente en su declaración ante la SUNAT. El Módulo de Mantenimiento de Conceptos del PDT PLAME exige que los ingresos por horas extras sean catalogados bajo códigos estrictamente segregados.

Casilla 0105:

Dedicada exclusivamente al “Trabajo en sobretiempo (horas extras) 25%”.

Casilla 0106:

Dedicada exclusivamente al “Trabajo en sobretiempo (horas extras) 35%”

Casilla 0107:

Designada para el “Trabajo en día feriado o día de descanso”.

El riesgo de la simulación contable: Un error gravísimo (y frecuentemente penalizado) es declarar el dinero pagado por horas extras aglutinado bajo casillas de “Otros conceptos no remunerativos” o como “Bonificaciones extraordinarias” para evadir el 9% de EsSalud o la retención de AFP/ONP.

Las horas extras gozan de estatus “remunerativo regular”. Si se perciben en al menos tres (3) meses dentro de un semestre, se integran de forma automática al cálculo de tu liquidación laboral, a las gratificaciones y forman parte del cálculo de la CTS. Si el algoritmo de SUNAFIL detecta que camuflaste estos ingresos, ordenará el recálculo y reintegro retroactivo de todos los beneficios sociales mermados, aplicando multas complementarias de altísimo impacto.

Contingencias Ocultas: Contratos Part-Time y la Destrucción de Registros

Dos áreas grises generan la mayor cantidad de contingencias ocultas para las empresas modernas:

  1. Desnaturalización del Falso Part-Time: Los contratos a tiempo parcial carecen de depósitos de CTS, reducen las vacaciones y no brindan protección contra el despido arbitrario. Sin embargo, la Resolución N° 021-2024-SUNAFIL/TFL estableció que si la auditoría de asistencia revela que un empleado part-time supera de forma recurrente las 4 horas diarias en promedio semanal por hacer horas extras, el contrato se invalida por completo. El vínculo se convierte forzosamente y de forma retroactiva en un contrato a plazo indeterminado, obligando a la empresa a pagar todas las diferencias de beneficios no depositados a lo largo de los años.

La Presunción Judicial por Falta de Registros: Es un mito creer que destruir los registros de asistencia tras cinco años de finalizada la relación laboral blinda a la empresa de demandas antiguas. La Corte Suprema de Justicia (Casación Laboral N.° 17667-2023) dictaminó que si un empleador es negligente y no conserva controles de asistencia completos y fidedignos, el juez utilizará la presunción procesal en favor del extrabajador, asumiendo como ciertas las horas extras reclamadas durante toda la relación laboral.

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Preguntas Frecuentes (FAQ) sobre Control de Horas Extras

¿Qué hago si un trabajador olvida registrar su marcación de salida?

Jamás debes adulterar la base de datos del reloj SQL. Alterar los registros de forma retroactiva configura el delito penal de falsedad documental (Art. 427 del Código Penal). La única forma legal de subsanar un olvido involuntario es recolectar el mismo día o al día siguiente una declaración jurada del trabajador indicando su hora real de salida, respaldada por correos corporativos o accesos de seguridad.

¿El tiempo de colocarse el uniforme cuenta como horas extras?

Sí. SUNAFIL ha determinado que si la empresa obliga al trabajador a utilizar un Equipo de Protección Personal (EPP) y a marcar su ingreso al reloj de asistencia después de pasar 15 a 30 minutos en vestuarios, está incurriendo en omisión de pago. Ese tiempo de preparación es considerado tiempo efectivamente laborado a favor del empleador.

¿Se pueden compensar las horas extras sin pagar dinero?

Es factible mediante el otorgamiento de descanso físico equivalente. Pero cuidado, la Resolución N° 433-2023-SUNAFIL/TFL exige pruebas sólidas:

Consignación en el registro de asistencia de la “inasistencia justificada por descanso compensatorio”, y su materialización dentro del mes calendario siguiente.

-Acuerdo previo suscrito por escrito.

-Evidencia de la fecha exacta de compensación acordada.

-Consignación en el registro de asistencia de la “inasistencia justificada por descanso compensatorio”, y su materialización dentro del mes calendario siguiente.

La Tecnología como Escudo Definitivo

Garantizar la alineación inquebrantable entre la realidad cronológica de tus trabajadores, lo declarado en tu T-Registro y las matemáticas contables del PDT PLAME ha superado las capacidades de los antiguos procesos manuales y hojas de Excel. En el año 2026, cometer un error tipográfico en el control de horas extras es abrirle la puerta a multas devastadoras que amenazan la viabilidad de tu compañía.

Es el momento de blindar tu patrimonio y escalar tus procesos de Recursos Humanos a los estándares que exige la fiscalización moderna.